AVIANCA Y AEROREPUBLICA OPERARAN LA RUTA CALI-BARRANQUILLA-CALI EN CORTO TIEMPO
La Aeronáutica Civil Colombiana en sesión realizada por el Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales, el pasado 21 de Marzo, consideró la solicitud de distintas aerolíneas para la explotación de nuevas rutas y la ampliación de frecuencias en destinos que ya vienen operando.
La compañías AeroRepública y Avianca, a través de su filial SAM solicitaron la apertura de la ruta CALI-BARRANQUILLA-CALI, en vuelo directo. Dicha petición luego de ser evaluada y considerar los planteamientos de las dos aerolíneas fue aprobada, pero a ninguna de las compañías se le adjudicó la petición de ser considerada como servicio pioneros en la mencionada ruta.
AeroRepública, según la determinación del Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales, deberá realizar 4 vuelos semanales en la ruta CALI-BARRANQUILLA-CALI y 3 vuelos semanales en la ruta CALI-SANTA MARTA-CALI, esta operación para los dos aeropuertos, tanto Barranquilla como Santa Marta, la deberá cumplir con aeronaves MD 80 SERIES y EMBRAER 190, el Grupo recomendó dar aplicación de servicios Pioneros contemplado en el numeral 3.6.3.4.3.9.1 de los Reglamentos Aeronáuticos sólo a la ruta Cali-Santa Marta-Cali, que en adelante será operada en esclusiva por AeroRepública.
A la aerolínea SOCIEDAD AERONAUTICA DE MEDELLIN, SAM, le corresponderá realizar 7 vuelos semanales en la ruta CALI-BARRANQUILLA-CALI, utilizando aeronaves FOKKER 100.
Al consultar a las directivas de la Aeronáutica Civil, sobre la aplicación del término pioneros, nos manifestaron "que se considera pionero un servicio regular que conecta de manera directa un origen y un destino en el cual no haya un servicio regular en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se efectúa la petición para operar una determinada ruta. El régimen especial previsto para los servicios pioneros sólo aplica para el transporte aéreo nacional regular y comercial regional de pasajeros".
Las directivas aeronáuticas enfatizaron en que "con el fin de propiciar la consolidación de los Servicios Pioneros, durante el primer año de operación efectiva, en el caso de la ruta CALI-SANTA MARTA-CALI, la Autoridad Aeronáutica se abstendrá de autorizar la operación de un competidor. Para tal fin, en el caso de AeroRepública, deberá informar a la Oficina de Transporte Aéreo, lo antes posible, sobre la iniciación de la operación aérea en cuestión".
GUSTAVO DONADO LASCARRO